JUAN MARÍA SEGURA

Un mal Consejo

Por Juan María Segura


Semanas atrás se presentó en sociedad el Consejo Nacional de la Calidad de la Educación. Con mucho entusiasmo mostrado por parte de las autoridades del Ministerio de Educación Nacional, orgullo manifestado en las redes sociales por los integrantes del flamante cuerpo consultivo y un tratamiento muy favorable registrado en todos los medios de prensa, se dio a conocer el listado de sus integrantes y se definieron algunos lineamientos de trabajo. Pasados ya unos días, y sin la efervescencia que suponen estos estrenos, conviene que nos hagamos la pregunta obvia. ¿Era necesario un Consejo, este Consejo? ¿Necesitaba el entramado de la normativa educativa argentina esta nueva instancia institucional? El nuevo órgano, ¿colaborará a resolver los problemas estructurales que posee el sistema educativo del país? ¿Estamos frente a un diseño inteligente de política pública educativa? Veamos.

La ley de educación nacional n° 26.206, promulgada en el año 2006, es la ley marco que rige el ordenamiento de la educación en el país. Dentro de la misma, el artículo 98 impone la creación del Consejo en el ámbito del Ministerio de Educación, y le estable las siguientes funciones: a) Proponer criterios y modalidades en los procesos evaluativos …, b) Participar en el seguimiento de los procesos de evaluación …, c) Elevar … propuestas y estudios destinados a mejorar la calidad de la educación nacional y la equidad en la asignación de recursos, d) Participar en la difusión y utilización de la información generada por dichos procesos, y e) Asesorar … con respecto a la participación en operativos internacionales de evaluación.

El artículo 98 se encuentra incluido dentro del capitulo III de la citada ley, bajo el título ‘Información y evaluación del sistema educativo’. Los 6 artículos de este capítulo, como su nombre lo señala, están dedicados a crear condiciones y mecanismos de medición de los aprendizajes del sistema. El articulado es modesto pero suficiente, los textos son sencillos pero incluyen lo necesario, el espíritu de la ley es claro y no deja lugar a dudas. De acuerdo con letra y espíritu, el articulo 98 debía dar nacimiento a un Consejo enfocado exclusivamente en la medición de los aprendizajes.

La resolución 549/2020, en principio, creó otra cosa. Es cierto que se creó un Consejo, pero no el cuerpo que la ley 26.206 sugería, enfocado. Las funciones sugeridas desde el artículo 98 se incluyeron en los considerandos de la resolución, y en reemplazo se establecieron nuevas funciones, a saber: a). Ir más allá de los debates centrados únicamente en los aprendizajes medibles en operativos de evaluación y generar una perspectiva integral que redefina el concepto de calidad de la educación para abarcar las distintas aristas del derecho a la educación, b). El rol del Consejo será la discusión de visiones de distintos especialistas y sectores de la educación para generar consensos y propuestas que sean relevantes para las políticas educativas …, c). El Consejo realizará diagnósticos y propuestas de carácter no vinculante, que permitirán informar y ampliar enfoques y perspectivas en el proceso de definición de las políticas educativas nacionales y concertadas federalmente, y d). Se promoverán espacios de consulta, recomendaciones y diagnósticos a distintos actores del sistema educativo, propiciando la diversidad de argumentos y conclusiones que se complementen para dar más sentido y justicia a los procesos que definen la calidad de la educación.

Este nuevo Consejo, recargado de funciones y conformado por 35 integrantes del sistema educativo, gremial, político, científico y productivo, debe elevar recomendaciones de políticas educativas, sea por consenso o en disenso, siempre sin votación, como lo establece su artículo 11 (‘…Las recomendaciones formuladas por el Consejo serán resultado de debates y consensos. En ningún caso se resolverá por votación. […] Las recomendaciones conjuntas expresarán los acuerdos y consensos alcanzados, mientras los documentos individuales expresarán posiciones particulares no alcanzadas por estos consensos…´).

Finalmente, el Ministro de Educación es quien selecciona a los 14 consejeros expertos, y quien también selecciona al presidente del cuerpo, todos con mandatos de 3 años de duración. No se otorgan muchos detalles sobre los criterios de elecciones de estas personalidades, más que los detalles obvios.

Si la educación argentina ya poseía un sistema de toma de decisiones de enorme complejidad, con el Consejo Federal de Educación en el centro de la gestión consorciada de la educación institucional de todo el país, ahora se ha creado una nueva complejidad, un organismo que directamente rivaliza con el mismísimo Consejo Federal, con los Ministerios de Educación jurisdiccionales, y con las comisiones de educación del Congreso Nacional y de todas las legislaturas provinciales.

El nuevo Consejo es un mal diseño de política educativa, que suma complejidad, burocracia y costo político, y en nada alienta la posibilidad de dinamizar las reformas que el sistema educativo necesita. Y como si fuese poco, que no le extrañe que en algunas años, además, su funcionamiento genere costos económicos, los costos de la política que luego nadie se anima a eliminar. En mi libro Yo qué sé (#YQS), escrito en 2014, hice una descripción muy crítica del entramado legal y normativo de nuestro sistema educativo. Con este nuevo Consejo y colegiatura, ese entramado se vuelve más complejo aún, más pesado, más burocrático, mes lento, en definitiva, más conservador. Justo cuando lo que necesitamos es agilidad y ejecutividad…

En mi última obra El misterio de la educación, escrita en 2019, menciono que uno de los motivos por los cuales en nuestro país no hay grandes cambios en educación es porque legislamos mal. Esta resolución 549/2020, por las razones enunciadas antes, es un ejemplo de enorme actualidad de lo mal que legislamos, de la forma en la que manipulamos la normativa, de la comodidad que nos generan los debates, las colegiaturas y el calor del Estado por sobre nuestro afán por resolver problemas de aprendizaje.

Estoy convencido de que este Consejo, en el que seguro están participando profesionales de gran valía, es un mal diseño de política educativa y un mal paso del ministro Trotta, de la misma manera que la Declaración de Purmamarca de febrero de 2016 lo fue para el gobierno anterior.